77 – Capítulo 8 / Caballos del comisario: más nombramientos para Justicia Legítima

A instancias de la propia agrupación Justicia Legítima y del Gobierno (que actuó de común acuerdo con ella), se promulgó la Ley 26861, de Ingreso democrático e igualitario al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público de la Nación.

Por imperativo del art. 4° de esa ley, “solo se podrá ingresar al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público de la Nación como empleado y personal de maestranza y oficios en el cargo de menor jerarquía y como funcionario en los cargos letrados, mediante el sistema de concursos que se encuentra regulado en la presente ley”.

Esa disposición fue cumplida a pie juntillas por parte de casi todos los fiscales del Ministerio Público.

“Casi” todos, puesto que si algún fiscal adscripto a Justicia Legítima necesitaba designar algún colaborador ya elegido, contaba con el aval de la procuradora General.

Tal aval se materializaba mediante el nombramiento del colaborador por la Dra. Alejandra Gils Carbó en la planta de la Procuración General (exenta del régimen general en virtud del art. 3° de la Ley), para luego “asignarlo” a la Fiscalía del fiscal peticionante114.

Para poder sortear los ostensibles defectos que presentaban los nuevos fiscales, que actuaban como tales sin serlo, resultaba imperioso comenzar a regularizar sus situaciones, porque además comenzaban a sentirse los reclamos y/o cuestionamientos que, con justicia, comenzaban a plantear los fiscales y los funcionarios del Ministerio Público Fiscal relegados, así como también las distintas defensas técnicas en los procesos en que aquellos actuaban.

Publicado por elpactoargentina

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